
El Supremo anula requisitos que restringían las indemnizaciones a los afectados por talidomida
Domingo, 14 jul. 2024. MARIO CRESPO
El Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del real decreto de ayudas a los afectados por la talidomida (RD 574/2023), informó Avite, la Asociación de Víctimas de la Talidomida, con sede en Alcantarilla.
Concretamente, el Supremo anula uno de los requisitos clave que se exigía a los afectados para acceder a las indemnizaciones: el certificado de padecer enfermedad rara, “que era una utopía poder conseguirlo”, señala Avite en su web. Tras la sentencia, valdrán los informes que haya emitido el Instituto Carlos III y de otros organismos reconocidos para certificar esta incapacidad.
La talidomida es una sustancia química que estaba presente en algunos medicamentos de la multinacional alemana Grünenthal. Estos medicamentos se recetaban a las embarazadas para mitigar los síntomas adversos del embarazo, como los mareos y vómitos, y se comprobó que este principio activo causaba malformación en los fetos, concretamente en sus extremidades, por lo que fue retirado del mercado. Los afectados de tos los países en los que se vendieron medicamentos con talidomida han sido reconocidos e indemnizados, salvo los de España. En la mayoría de los casos ha sido la propia multinacional la que ha pagado las indemnizaciones. En el caso español, los afectados y la farmacéutica no llegaron a un acuerdo sobre las indemnizaciones, por lo que ésta se negó a pagar y nunca fue condenada, ya que los tribunales rechazaron las denuncias alegando la prescripción del posible delito. El caso español también se diferenció del de otros países porque fue el último país en el que se vendió la talidomida, pues se seguía recetando y vendiendo pese a que ya se había prohibido en Alemania y otros países y se sabía que causaba malformaciones a los fetos.
Y después, Hacienda
La sentencia del Supremo sobre los requisitos para acceder a las indemnizaciones allana uno de los dos principales problemas que han enfrentado los afectados, que llevan más de veinte años movilizándose contra los sucesivos gobiernos. Con esta sentencia tendrán más fácil su reconocimiento como afectados y acceso a las indemnizaciones.
Pero queda un segundo problema importante no resuelto. Las indemnizaciones que reciban los afectados quedarán sujetas a una tributación del 47% en concepto de ingresos por renta. “Un afectado de talidomida español, con una media de vía de 80 años, va a recibir una ayuda de 400.000 euros. A este afectado le corresponden 13 euros por día por toda una vida de sufrimiento y encima le descuentan el IRPF por rendimiento del trabajo personal del 47% de la ayuda. Con otros colectivos de afectados no lo hacen”, señala Avite en sus comunicado.
Pese a sus protestas, los afectados que consigan ser conocidos como tales, es decir, que se reconozca que sus malformaciones se debieron a la ingesta de medicamentos con talidomida por sus madres cuando estaban embarazadas, tendrán que devolver la mitad de las ayudas en forma de impuestos.