BARRIOS Y PEDANIASPRIMERA PLANA

Condenan al SMS por la muerte de un joven de Sangonera que no recibió tratamiento adecuado

El Tribunal Superior de Justicia reconoce “el mal funcionamiento del servicio” y condena a la Administración a indemnizar con 90.000 euros

Miércoles, 20 mar. 2024. REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha estimado parcialmente la demanda por negligencia médica presentada por los familiares de un joven de 29 años, vecino de Sangonera la Seca, que falleció por trombosis sin haber recibido la atención médica adecuada, informa la Asociación del Defensor del Paciente. El caso lo ha llevado el abogado Ignacio Martínez y el TSJ condena a la Administración sanitaria a pagar una indemnización de 90.000 euros.
La Asociación Defensor del Paciente señala en el comunicado que la sanidad pública cometió tres errores sucesivos que habrían llevado al joven a la muerte. El mismo tenía antecedentes médicos de trombosis. En 2017 sufrió una afección grave, por lo que una vez superada se prescribió que debía serle administrada heparina (un medicamento que evita la formación de trombos o coágulos o ayuda a reducirlos) en caso de nueva afección.
En 2021 el joven contrajo el Covid y fue confinado en su domicilio sin que su centro de salud le recetara la administración de heparina, lo que a juicio de la Asociación constituyó el primer error médico. Ante un empeoramiento de su estado de salud, el paciente acudió a Urgencias del Hospital Virgen de la Arrixaca, donde, indica la Asociación, tampoco se le administró heparina ni se le realizaron pruebas diagnósticas, tras lo cual volvió a su casa. Cuando el paciente, ya afectado por el trombo, se sentía muy mal, se dio aviso al 112, que envió un vehículo de transporte sanitario no medicalizado, es decir, una ambulancia con un conductor no sanitario que simplemente traslada a pacientes pero no puede tratarlos ni atenderlos. La Asociación considera que este fue el tercer error, pues en el tiempo de traslado no pudo ser atendido de urgencia por un profesional. El joven, finalmente, falleció en la Arrixaca.
En la sentencia, el TSJ señala “el mal funcionamiento del servicio (…) lo que lleva a la conclusión final de que la asistencia fue defectuosa, al haber faltado esa prescripción en el tratamiento”.
Sin embargo la familia del joven fallecido, señala la Asociación, no está conforme con la sentencia, porque el tribunal también expresa sus “dudas sobre si el resultado habría sido otro en el caso de haberse pautado un tratamiento de profilaxis antitrombótica”, por lo que la indemnización queda reducida al 35% de lo correspondido legalmente. La familia ha solicitado una aclaración de sentencia a partir de la cual decidirá si recurre al Tribunal Supremo.

Etiquetas
Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar