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Una sentencia obliga a Hacienda a devolver a una vecina de Alcantarilla la deducción por cuidado de familiar que le negó

La Administración se escudaba en que, pese a que convivía con ella y la madre era dependiente, no estaban censadas en el mismo domicilio

Sábado, 24 oct. 2020. MARIO CRESPO. La sala segunda de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Provincial de Murcia ha obligado a Hacienda a abonar a una contribuyente de Alcantarilla un total de 1.205,69 € que se había desgravado por cuidado de su madre, con la que vivía y tenía a su cargo y que además era dependiente. Hacienda no reconoció esta situación y obligó a la contribuyente a ingresar el dinero desgravado. La contribuyente recurrió ante el Tribunal Económico Administrativo, que dio la razón a la administración tributaria.
Hacienda se escudaba en que la contribuyente no vivía en realidad con su madre, pues su domicilio fiscal y censal era diferente del domicilio de la madre. La contribuyente alegó que había ido a vivir con su madre sin cambiar el censo y aportó un certificado de convivencia de la Policía Local de Alcantarilla, que acreditaba que ambas vivían juntas, una a cargo de la otra. Sin embargo, Hacienda no reconoció como acreditada la situación.
La sentencia viene a decir que lo importante es la acreditación real de la convivencia, que considera suficiente con el informe policial, por encima de los efectos formales en el ámbito fiscal o censal.
El caso ha sido defendido, en nombre de la recurrente, por el abogado Francisco Ángel Hernández Gómez, del despacho alcantarillero Hernández y Esturillo.

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